El siguiente es el párrafo del Acuerdo de paz que,
Según Álvaro Leyva, excanciller de las Farc y excanciller de Gustavo Petro,
faculta a este último para citar una asamblea constituyente o “un acuerdo
político nacional”:
“Por lo anterior, el Gobierno de Colombia y las
FARC-EP, con el ánimo de consolidar aún más las bases sobre las que edificará
la paz y reconciliación nacional, una vez realizado el procedimiento de
refrendación, convocará a todos los partidos, movimientos políticos y sociales,
a todas las fuerzas vivas del país a concertar un gran ACUERDO POLÍTICO
NACIONAL encaminado a definir las reformas y ajustes necesarios para atender
los retos que la paz demanda, poniendo en marcha un nuevo marco de convivencia
política y social”
Aunque la Corte Constitucional y el Congreso de la
República se refirieron a que no es constitucional una asamblea constituyente
fundamentada en el Acuerdo, Leyva y el exfiscal Montealegre insisten en que
Petro puede hacerlo.
Cuando escribí sobre el Acuerdo de paz en 2016, señalé
que se votó por una gran mayoría de colombianos sin haberlo leído y, la mayoría
de los pocos que lo leyeron, habrían necesitado la asesoría de expertos en
Derecho Constitucional y Economía para entenderlo. Hoy tendría que agregar que
los colombianos necesitábamos, además, ser expertos en enfoque de género,
teoría Queer, posmodernismo y Derecho Internacional. Las FARC “le metieron un
gol al expresidente Santos” –Como dice Leyva— y al pueblo colombiano, con la
complicidad del Congreso y la Corte Constitucional.
También había escrito que el expresidente Santos no
tenía la menor idea de lo que estaba firmando porque aseguraba que “la
ideología de género no existe”, según apareció en dos titulares de la versión
virtual de la revista Semana, dirigida entonces por su sobrino, en mayo de
2016.
Por otro lado, la definición de enfoque de género del
Acuerdo es completamente ambigua para engañar a los colombianos y a la Corte
Constitucional, que también cayó en la trampa: “En el presente Acuerdo el
enfoque de género significa el reconocimiento de la igualdad de derechos entre
hombres y mujeres y las circunstancia especiales de cada uno, especialmente de
las mujeres, independiente de su estado civil, ciclo vital y relación familiar
y comunitaria, como sujeto de derechos y protección especial”.
Nótese que no habla de la Comunidad LGBTIQ+; hombres y
mujeres no son géneros, sino sexos. Sin embargo, la Corte Constitucional sigue
aplicando la versión posmoderna del enfoque de género o teoría queer que niega
toda identidad porque todos somos transgéneros y, por tanto, cualquier hombre
puede declararse mujer ante un notario y pensionarse con las condiciones de
ellas: 57 años y mil semanas de cotización.
No solo Santos no leyó lo que firmó, sino que hasta la
misma Corte y el Congreso de la República no entendieron los puntos claves del
Acuerdo. Todo lo que hace la izquierda es tramposo. Los colombianos somos muy
ignorantes, gracias a Fecode y al pésimo sistema educativo.
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